Regularán el uso de monopatines eléctricos en San Salvador y habrá multa para los infractores


Lisandro Aguiar, presidente del Concejo Deliberante de San Salvador explicó que las multas están basadas en unidades fijas que es el valor de litro de naftas súper.

Lisandro Aguiar, presidente del Concejo Deliberante de San Salvador de Jujuy, explicó de que se trata la ordenanza para la regulación del uso de monopatines eléctricos en la capital ya que es un medio de transporte elegido por muchas personas. En la sesión de hoy, Aguiar comentó que se logró avanzar con la ordenanza pero aún no fue sancionada.

Luego de presentar esta iniciativa en el Concejo, la Agencia Nacional de Seguridad Vial emitió una disposición que establece parámetros uniformes a nivel país «por lo que estamos analizando un cambio técnico en la propuesta original», aseguró Aguiar. Actualmente plantean la adhesión a esta normativa, para que tengan «una regulación acorde y parecida en todo el país».

El concejal indicó que la normativa establece: la obligatoriedad del uso del casco, la velocidad máxima que no debe superar los 30 km por hora en la ciudad, utilizar iluminación en horario nocturno que permita la detección de este tipo de vehículo y el uso de un chaleco reflectivo.

A su vez resaltó que «no esta contemplado el carnet de conducir porque no es un elemento que la ley nacional de tránsito establezca, ni el patentamiento». Destacó que solo los mayores de 16 años pueden manejar el monopatín en la vía publica.

El presidente del Concejo mencionó que las multas ya están establecidas según el tipo de infracción que se comete. «Las multas económicas están basadas en unidades fijas, que es el valor de litro de naftas súper establecido en la ley Nacional de Tránsito», en el caso de San Salvador el litro por unidad fija alcanza los $97,70.

Aguiar expresó que si los concejales se ponen de acuerdo en algunos puntos que faltaban decidir y aprobar «en la próxima sesión podría ser ley la ordenanza de la ciudad de San Salvador de Jujuy».

Por último resaltó que el uso del monopatín en Jujuy, que creció en los últimos años es positivo para la ciudad ya que ayuda a limitar la congestión en el tránsito y el dispositivo normativo garantizará la seguridad de los que los jujeños que lo utilicen y los transeúntes.

REGULAN EL USO DE MONOPATINES Y PATINETAS ELÉCTRICAS EN LA VÍA PÚBLICA 

El hombre que conducía un monopatín por la Autopista Panamericana puso en evidencia la necesidad de actualizar la normativa para que se contemplen las nuevas tecnologías vehiculares. Por ello, la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) dictó una disposición que regula el uso de vehículos para la movilidad personal, como los monopatines y patinetas eléctricas.

La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), organismo dependiente del Ministerio de Transporte, dictó una disposición que establece que los monopatines y patinetas eléctricas sólo pueden circular por las ciudades (calles y avenidas), la velocidad máxima es 30 km/h y la utilización del casco es obligatoria. Además, este tipo de vehículos deben poseer un sistema de freno que permita una detención total del mismo e iluminación delantera y trasera.

Esta nueva disposición aclara que se prohíbe su uso a menores de 16 años y que sólo podrá circular una persona, sin acompañante. Por otro lado, establece que para todas aquellas jurisdicciones que se encuentren adheridas a las leyes nacionales Nº 24.449, Nº 26.363 y sus normas reglamentarias, será aplicable el régimen de sanciones y faltas establecidas por las mismas. Es importante aclarar que este nuevo marco de regulación, se debe a que estos tipos de vehículos no eran contemplados en la Ley Nacional de Tránsito 24.449, a diferencias de otros vehículos cómo las bicicletas y motos eléctricas.

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